domingo, 19 de abril de 2020

Tratando de entender las prácticas matrimoniales de antaño: el Sororato

   Dentro de las muchas curiosidades que he ido encontrando en los muchos días (años) de consultar en archivos históricos hubo el caso de dos familias, hablando del siglo XIX, que tuvieron propiedades, es decir, que fueron hacendados, y como era tema de mi interés, adentré más en sus asuntos familiares. Esto quiere decir que comencé a hacer rastreos de sus antes, durante y después de sus vidas, no pretendiendo crear un árbol genealógico, sino simplemente ubicar con nombres y fechas que relación de sangre había entre unos y otros y algo brincó.

   Al principio me creó confusión pues no sabía de la práctica que va mucho más atrás de la Edad Media y que se mantenía todavía vigente ya no como ley, sino como tradición, en México en el referido siglo XIX. Esa práctica tiene un nombre, puede ser el Levirato o Sororato. Y refiere a que era común, dada la mortandad femenina debida al parto (o la infantil por el mismo caso) debido a las condiciones higiénicas de la época. Razón por lo cual el matrimonio se realizaba cuando ella tenía 13 o 14 años y él 14 o 15, eso en la actualidad nos parece un tanto cuanto aberrante, pero en aquellos entonces era lo normal y estaba más que bien fundamentado a sabiendas de esa mortandad. Es en buena medida la razón de la práctica sea que la refiramos como Levirato y mejor dicho, en los dos casos que menciono, como Sororato.  

   El Sororato es la práctica según la cual, cuando queda viudo, un varón debe casarse con una hermana de su mujer. Por el contrario, se denomina levirato a la práctica por la que una viuda debe casarse con un hermano de su marido

   La ley del levirato se define al: “tipo de matrimonio en el cual una mujer viuda que no ha tenido hijos se debe casar (obligatoriamente) con uno de los hermanos de su fallecido esposo. Para continuar la línea sucesoria y la descendencia familiar, el nombre del primer varón de esta nueva unión ha de ser el mismo que el correspondiente al difunto, y heredará sus bienes”. Esta ley la podemos considerar como la base del Sororato. 

   En efecto, los personajes a los que me refiero fueron varones que, al morir la primera esposa, tomaron a una de sus cuñadas en matrimonio, es decir, practicaron el sororato. Curiosamente ambos fueron propietarios, en distintas épocas del siglo XIX, de la misma hacienda, la de Santa Ana de Cruces, pero nunca hubo relación entre ellos. De todo esto daremos cuenta en el segundo tomo de Haciendas de Salamanca que actualmente estoy preparando, quiero pensar que será en Diciembre próximo cuando lo tenga listo.

  Para leer más sobre el tema y entender los complicados enlaces familiares y reglas que marcaban esas prácticas, además de la Maragatería, entra aquí.

  Asociado a la Maragatería está el caso del pueblo Maragato, entra aquí.

No hay comentarios:

Publicar un comentario