Mostrando entradas con la etiqueta Medidas. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Medidas. Mostrar todas las entradas

miércoles, 30 de septiembre de 2020

Algo sobre la cantidad de tierra necesaria para fundar una villa en el México virreinal

  Mucho hemos hablado sobre las formas que las tierras se dividieron en tiempos virreinales, sea en criaderos, que en solares, caballerías o sitios de ganado, mayor o menor. Fue siempre en una perfecta geometría. 

   En el documento que hoy comparto, el cual encontré en el AGN espero encontrar la referencia entre las varias docenas que de ese archivo tengo... Lo que vemos es un enorme cuadrado que comprendía 16 sitios de Ganado Mayor, es decir, cada uno de los cuadros que aparen numerados, corresponden a un sitio, es decir, cinco mil varas cada uno, quiere decir que el terrero completo era de 20,000 mil varas por cada lado, esto significaba que, con las medidas actuales, cada sitio equivalía a 1,755 hectáreas que, si multiplicamos por 16, el espacio a repartir era de 28,080 hectáreas.

  Vemos una circunferencia en la parte central, esto, en buena medida, es el origen al uso de la palabra "centro", para referirnos al centro de una población que era, en esos tiempo justo el centro del terreno asignado.
   Al ver esto creo es parte de o consecuencia a la traza de las poblaciones más antiguas de México, cuando eran perfectamente bien orientadas las calles, teniendo dos ejes, uno norte-sur y el otro oriente-poniente y en la interesección encontramos siempre el centro, tanto el centro físico, como el conceptual de que ahí es donde está la plaza, el comercio, la iglesia principal y la sede del gobierno.

Mapa de 16 sitios de ganado mayor comprendidos en las cuatro leguas en cuadro, que señala la ley para poblazón mayor con título de villa. Desde la iglesia se miden dos leguas hacia cada uno de los cuatro vientos principales: y en caso de que antes de completar las dos leguas, se encuentren tierras mercedadas, y habiéndolas realengas por otro viento, no se prosigue sobre las mercedadas; sino que se enteran las que faltan o se prolongan en las realengas.

Fuente:

AGN.
 

jueves, 17 de septiembre de 2020

El origen del concepto de Sitio de Ganado Mayor o Menor y otras medidas de tierra en el México virreinal

   Amén... fíjate, que curioso, amén, de que uno de los temas eje de este blog son los templos, los símbolos, los conventos y, de vez en cuando, las órdenes religiosas, el otro es el tema de las Haciendas, el cual se vuelve más importante y la cabeza y eje rector de lo que publico en "blanco y negro", es decir en físico, en libro: Haciendas. Y en buena medida para comenzar a entender la enorme, gigantesca, herencia que tenemos de las Haciendas virreinales, del XIX y, sobre todo, del Porfiriato, el punto de partida está en sus medidas: Sitio de Ganado Mayor, Sitio de Ganado Menor y/o Caballerías.

  Así, pues, hoy nos vamos a la esencia, al punto de partida de lo que, al paso del tiempo, se convirtió en la Hacienda Mexicana. Anticipo que el tema es complicado, es más profundo de lo que podamos imaginar y que su antecedente se localiza en la Edad Media española, la cual, traducida y adecuada a esto que es México y que se conocía entonces como Nueva España, se fue implementando poco a poco.

  Paso, Pie, Brazo, Codo, Sitio, Vara, y tantos otros términos iremos viendo aparecer. Por suerte hoy contamos con los sistemas electrónicos que con un clic nos llevan a la explicación. Pero (siempre hay un pero) esta vez no pongo enlaces, no doy clics, porque la intención es que cada quien busque lo que no entiende, es más fácil de lo que creemos... va:

Real cédula sobre el orden que se ha de tener sobre las estancias de ganados. Valladolid, 24 de marzo, 1554.

El Rey

Nuestro Presidente y oidores de la Audiencia Real de la Nueva España.

   Por muchas peticiones que en el nuestro Consejo de las Indias se han presentado en diversas veces, se nos ha hecho relación que las estancias de los ganados vacunos y yeguas, y puercos, y otros ganados mayores y menores hacen gran daño en los maizales de los indios naturales de esa tierra: y especialmente el ganado vacuno que anda desmandado, que no se pueden guardar, a cuya causa los dichos indios pasan gran trabajo.

   Y porque, como veis, conviene que esto se remedie os mando que tengáis muy gran miramiento a que no se den estancias algunas y partes y lugares de que puedan suceder los dichos daños, y cuando se hubieren de dar estancias sean apartadas de los pueblos de indios y de sus sementeras, que no se puedan seguir los dichos años; pues para los dichos ganados se podrían señalar tierras apartadas y yermas, donde puedan andar y pacer y no hagan los dichos daños.

   Y porque hay de esto grandes querellas cada día proveeréis luego como cosa que tanto importa y procuraréis que haya tantas guardas y pastores con los ganados que basten para lo guardar como no haga daño. Y cuando algún daño sucediere lo castiguéis y hagáis castigar y pagar a su dueño el daño que hubiere recibido, y enviarnos heis relación con brevedad de lo que en todo ello hiciéredes. (1)

Explicaciones sobre las medidas que deben tener las estancias de ganado mayor y menor. Y de caballerías de tierras. Por Juan Cercillo. México, 1575.

   Razón de cómo se han de entender las ordenanzas acerca del distrito, pasos y medidas que han de tener las estancias de ganado mayor y menor.

Y juntamente los marcos y medidas que han de tener las caballerías de tierras que se hacen mal en esta Nueva España.

1. Primeramente se ha de entender y averiguar el asiento de cualquier estancia ora de ganado mayor, o menor.

Y sabido si la tal tierra es de ganado mayor de este tal acierto se ha de medir 15,000 pasos geométricos, de a 5 tercias de vara de medir, cada paso, a todas partes.

De suerte que la estancia de tierra es de un círculo, y el centro de este círculo es el asiento: casas y corrales que han de estar en medio.

La tal estancia y el compás es el mecate con que se han de medir los 1,500 pasos geométricos a todas partes.

ESTANCIA DE GANADO MAYOR

Sitio de estancia de ganado mayor ha de tener 1,500 pasos geométricos, de a cinco tercias de vara de medir, cada paso: que hacen varas 2,500.

Y éstas se entienden desde el centro del sitio o casas -si estuvieren en él.

Y de cabo a cabo 3,000 pasos.

2. Este mismo orden se ha de guardar en las estancias de ganado menor: Medir desde el dicho asiento de la tal estancia 1,000 pasos de los de arriba declarados, a todas partes: porque las estancias de ganado mayor del uno al otro extremo vienen a tener 3,000 pasos geométricos; y la de ganado menor, 2,000.

ESTANCIA DE GANADO MENOR

El sitio de ganado menor ha de tener, desde el sitio que está en el medio, a todas partes 1,000 pasos geométricos, de a una vara y dos tercias de medir, cada paso: como los del sitio de ganado mayor.

Y de un extremo al otro, 2,000 pasos, que los 1,000 hacen 1,666 varas y 2/3.

3. Y si acaeciere que la tal estancia de ganado mayor o menor estuvieren y no tuviesen a la linde con que poder guardar la medida de los 3,000 pasos que ha de haber desde el asiento y casas de la tal estancia a la otra, siendo de ganado mayor: o de 2,000 siendo de ganado menor, en tal caso y entonces desde el asiento y casas de la tal estancia se medirán a todas partes 3,000 pasos como dichos son, siendo de ganado mayor y 2,000 siendo de menor: dentro de los cuales términos no se puede hacer merced de tierras para labores, para no quitar los pastos a los ganados.

4. La orden y cuenta que tienen las caballerías de tierra es diferente, y así se ha de notar.

Una caballería de tierra tiene por lo ancho 192 marcos y por lo largo 384 marcos.

Los marcos que contiene todo el cuerpo son 63,128.

El marco con que se han de medir estas caballerías ha de tener de largo 23 ochavas de la vara de medir, que son 3 varas de medir menos un ochavo.

Estas tres varas, menos una ochava, es el marco con que se ha de hacer esta medida.

Y si pareciere que la cuenta de marcos es confusa y oscura se ha avisado que reducidos los 192 marcos a varas de medir son 552 varas: y tantas tiene una caballería de tierra por lo ancho.

Y por lo largo tiene el doble, que son 1,104 varas de medir.

CABALLERIA DE TIERRA

Entre dos caballerías de tierra, por su medida, ha de tener cada una por lo largo 1,104 varas y por lo ancho 552 varas, que vienen a ser la mitad menos por lo ancho que por lo largo.

Con lo cual está declarado las medidas y distancias de ganado mayor y menor, y caballerías de tierra conforme a las reales órdenes de Su Majestad. (2)


Ordenanzas del virrey marqués de Falces sobre la categoría de diferentes suertes de tierras (sitios, criaderos, caballerías, solar), sus medidas y las atenciones que debían seguirse en dichas mediciones. México, 17 de febrero, 1577.

Ordenanzas confirmadas por D. Martín Enríquez, virrey.

En la ciudad de México de la Nueva España, en 17 días del mes de septiembre de 1567, el muy Exmo. señor don Gastón de Peralta, marqués de Falces y conde de Santisteban, mayordomo de S. M. en el reino de Navarra y su virrey y capitán general en esta Nueva España, presidente de su Real Audiencia [...] se ha proveído y se hizo merced de mucha cantidad de sitios y demás suertes de tierras, mandaba y mandó corroborar las Ordenanzas de Tierras, ampliando y añadiendo algunas que faltaban, suscitando la pena impuesta por los dichos señores [Ordenanzas de 4 de julio de 1536] y dejándola en su fuerza y vigor, las cuales se llevarán a la debida ejecución a las personas que no obedecieren las dichas reglas, preceptos, advertencias, y ordenanzas.

Las cuales son como siguen:

Vara de medir

La vara de medir antigua es lo mismo que paso de Salomón, que consta de cinco tercias, la cual no se usa.

Y así se advierte que la vara de medir que aquí se nombra para medir todo género de tierras consta de tres tercias: y es la vara.

108 ordinaria, que está recibida en la Nueva España y es la mexicana, porque en esta ciudad se hace y sella con licencia y consta de cuatro cuartas y de ella se usan en los trastes que se comercian.

Cordel

Sea notorio que el cordel para medir criaderos de ganado mayor y menores ha de constar de cincuenta varas de medir mexicanas.

Y para medir criaderos de ganados mayores y menores, como para cualquier otra medida de tierras no se ha de usar de otra vara, como dicho es.

Y para la medida de caballerías ha de constar dicho cordel de 69 varas y se ha de tirar dicho cordel, y se ha de encerar y medir luego.

Sitio de ganado mayor

Un sitio de ganado mayor consta de 3,000 pasos de Salomón.

Y cada paso tiene cinco tercias y se entiende de oriente a poniente, y de norte a sur tiene otros 3,000 pasos.

Y así desde el centro a cualquiera de sus cuatro orillas, o costado, tiene mil quinientos pasos.

Reducido dicho sitio de ganado mayor a varas de medir comunes mexicanas tiene de oriente a poniente 5,000 varas, y de norte a sur otras 5,000.

Y del centro a cualquiera de sus cuatro costados tiene 2,500 varas.

Y adviértese que haciendo nuevas partes de un sitio de ganado mayor, las ocho partes componen dos sitios de ganado menor.

Y la una parte que sobra es un cuarto de sitio de ganado menor.

Reducido este sitio de ganado mayor a caballerías de tierras: 14,272 varas, que hacen un solar de 119 1/2 varas escasas de cabezada, por todos sus cuatro costados.

Medido dicho sitio con un cordel de 50 varas, ha de tener de oriente a poniente 100 cordeles, que hacen 5,000 varas mexicanas.

Y de norte a sur, lo mismo.

Y del centro a cualquiera de sus cuatro costados ha de tener 50 cordeles, que hacen 2,500 varas.

Y midiendo dicho sitio de esquina a esquina, pasando por el centro, se hallarán 140 cordeles, que hacen 7,000 varas.

Y del centro a cualquiera de sus cuatro esquinas tiene 70 cordeles, que hacen 1,500 varas.

Forma y figura del sitio de ganado mayor: que es cuadrado

SITIO DE GANADO MAYOR

Sitio de ganado menor

Un sitio de ganado menor consta de 2,500 pasos salomónicos de cinco tercias, de oriente a poniente; y otros 2,000 pasos de norte a sur.

Y del centro a cualquiera de sus cuatro costados 1,000 pasos de Salomón, de a cinco tercias.

Reducido este sitio de ganado menor a varas de medir mexicanas tiene de oriente a poniente 3,333 varas una tercia.

Y otras tantas de norte a sur.

Y del centro a cualquiera de sus cuatro costados tiene 1,666 varas y dos tercias.

Y en todo su cuadro y centro tiene dicho sitio 11.111,111 varas.

Midiendo este sitio con cordel de 50 varas tiene de oriente a poniente 66 cordeles y 30 varas más, que hacen dichas 3,333 1/3 varas.

Y lo mismo de norte a sur.

Y del centro a cualquiera de sus orillas o costados 33 cordeles 16 varas y una tercia más, que hacen 1,666 2/3 varas.

Se ha de medir este sitio según y como se midió el sitio de ganado mayor, y sin faltar al modo: con cuatro esquinas; y de una esquina a otra, pasando por el centro, consta de 93 cordeles de a 50 varas y 16 varas.

Y del centro a cualquiera de sus cuatro esquinas consta de 46 cordeles y más 33 varas.

Reducidos estos cordeles a varas de medir tiene de esquina a otra, pasando por el centro, 4,666 2/3 varas.

Y del centro a cualquiera de sus cuatro esquinas 2,303 1/3 varas.

Reducido este sitio de ganado menor a caballerías de tierra tiene 18 caballerías y más un solar de 376 varas.

SITIO DE GANADO MENOR

Criadero de ganados

Criadero de ganado, mayor o menor, es la cuarta parte de un sitio de ganado mayor.

Y consta de 1,500 pasos salomónicos, de oriente a poniente; y lo mismo de norte a sur.

Y del centro a cualquiera de sus lados tiene 750 pasos de Salomón, a cinco tercias.

Reducido este criadero a varas de medir paños, consta de 250 varas, de oriente a poniente, y lo mismo de norte a sur; y del centro a cualquiera de sus cuatro orillas o costados, 1,250 varas.

Se ha de medir este criadero en la misma conformidad que se midió el sitio de ganado mayor, y ha de ser cuadrado, con sus cuatro esquinas.

Y de una esquina a otra, pasando por el centro a cualquiera de sus costados ha de constar de 1,750 varas.

Reducido este criadero a caballerías, consta de 10 caballerías y un solar de 3,368 varas.

Y de cabezada tiene el solar 39 1/2 varas

CRIADERO DE GANADO

Caballería de tierra

Una caballería de tierra consta de 1,104 varas de largo y 552 por cabezada, y en todo su centro consta de 609,408 varas mexicanas.

Para medir una caballería de tierra ha de tener el cordel 79 varas mexicanas.

Y puesto en una de sus cuatro esquinas se han de medir por lo largo 16 cordeles, que hacen 1,104 varas: y por cabezada se han de medir 8 cordeles, que hacen 552 varas.

CABALLERIA DE TIERRA

Media caballería

Media caballería consta de 552 varas de largo.

Mi mitad por cabezada.

Y todo su centro de 304,700 varas.

Un cuarto de caballería

Consta de 276 varas de largo y de cabezada 138 varas.

En todo su centro, 76,176 varas.

CUARTO DE CABALLERIA

Suerte de tierras

Una suerte de tierras para huerta ha de tener de largo 552 varas v 276 por cabezada.

Y todo su centro, lo mismo que media caballería, que son 304,704 varas.

Solar para casa

Un solar para casa se compone de 50 varas por cada uno de sus cuatro lados o costados, y en todo su centro se han de hallar 2,050 varas.

SOLAR

Orden de medir sitios de ganados mayor y menor

El modo que se debe tener y observar para medir cualquiera sitio o criadero ha de ser en esta forma:

Su centro se ha de medir con vara mexicana 2,500 varas, y las mismas se han de medir desde el centro al poniente, al norte y al sur.

Y de esta suerte se ha de hacer, y queda hecho el crucero para que quede cuadrado.

Puestos en el oriente se han de medir 250 varas hacia el norte, otras tantas hacia el poniente, otras tantas hacia el sur.

Y de esta suerte se ha de medir, comenzando por cualquiera de sus vientos.

Estas cabezadas se dan, como se da un sitio de ganado mayor, o menor.

Lo mismo es criadero, como queda señalado.

Medido un sitio de ganado mayor, con cordel de 50 varas desde su centro a cualquiera de las cuatro esquinas o costados, se hallarán 50 cordeles.

Y de oriente a poniente, 100 cordeles.

Y lo mismo se hallarán de norte a sur: y es lo mismo 100 cordeles de a 50 varas, que son 5,000 varas.

Y midiendo de estas dos maneras viene a quedar cuadrado con cuatro esquinas.

Y si corriere los cuatro vientos y costados, habrá caminado cuatro leguas: por tener el sitio de ganado mayor -según las medidas susodichas- una legua de oriente a poniente y otra de norte a sur, que 3,000 pasos salomónicos hacen una legua.

En todo el centro del criadero o sitio de ganado mayor o menor, o caballerías -como dicho es- se debe primero medir y enterar completamente al que tuviere su merced, o título más antiguo.

Aunque su antigüedad sea sólo de un día, o de una hora, se le debe guardar su antigüedad.

Y así mismo los demás circunvecinos se han de medir así, en esta orden, por sus antigüedades.

Y hechas estas diligencias el que se hallare más antiguo será preferido, y el menos antiguo se ha de contentar con el que le dejaren, aunque sea poco y malo, pues no tiene más derecho que lo dicho.

Así mismo se infiere y manda que ninguna persona pueda contradecir al que fuere más antiguo sin mostrar primero razón de derecho suficiente.

Y así mismo ninguna persona, aunque sea su merced o título más antiguo, pueda tomar posesión, ni medirse, ni amohonarse sin que primero cite a sus colindantes circunvecinos que posean tierras a linde de las suyas.

O a quien de los dichos tuviere y mostrare poder bastante, que de lo contrario será nula y de ningún valor la posesión que tomare sin estas solemnidades.

Se advierte y manda que en los criaderos y sitios de ganados, mayores o menores, se han de llevar las medidas de oriente a poniente, y de sur a norte; salvo si hubiere entre las partes vecinos y demás interesados algún concierto o compromiso, que entonces podrán hacer las medidas como se convinieren en la mejor manera.

Y en cualquier forma que se mida -criadero o sitio, sea de ganado mayor o menor- se ha de procurar quede formada cruz con sus brazos, pies y cabeza.

Y que tenga la misma distancia que del brazo derecho al izquierdo, para que venga a quedar en figura cuadrada.

Así mismo adviértase que se ordena y manda que las medidas de criaderos y sitios de ganados mayor o menor que por legítimo pacto o convenio no se midiere según ordenanzas -de oriente a poniente, o de norte a sur- no por esto se ha de faltar al orden de centrar para que desde el centro se entiendan las medidas: corriendo por encima de peñas, riscos; subiendo o bajando montes, cerros o lomas, barrancas, ríos o lagunas.

Y si fuese muy montuoso (el terreno) se darán modo de abrir linderos para que sirvan de entradas y salidas.

Habiendo medido cualesquiera suerte de tierras criadero o sitio de ganado mayor o menor, o caballería  se manda que cada uno se amohone, entendiéndose que entre los linderos y mohoneras de cada uno han de dejar, a lo menos, diez varas de tierra para entradas y salidas.

Y en caso de que se resistan, se mandan los apremien con todo rigor para que lo hagan.

Así mismo sirva de advertencia que el tiempo más conveniente para medir tierras es marzo, abril, septiembre y octubre (con) relox de sol probable en estos tiempos.

Buscando siempre lo primero el norte, desde el centro; luego el sur, oriente y poniente.

Adviértase, también, que ninguna persona pueda poblar, ni fabricar casa alguna cerca de sus linderos, por los perjuicios que podrá causar a los vecinos, o recibirlos de los dichos.

Y si tuviese licencia de dichos vecinos para fabricar, sea sesenta pasos retirado de su lindero, y no menos; que sesenta pasos hacen cien varas mexicanas. (3)



Fuentes:

1.- Puga, fol. 173. Solano, doc. 32. pp. 216-217. Francisco de Solano. Cedulario de tierras. Compilación. Legislación agraria colonial (1497-1820). Instituto de Investigaciones Jurídicas. Universidad Nacional Autónoma de México. Primera edición: 1984. Segunda edición: 1991. México.

http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/libro.htm?l=387

2.- AGN. Tierras, vol. 3185. exp. 2. Francisco de Solano. Cedulario de tierras. Compilación. Legislación agraria colonial (1497-1820). Instituto de Investigaciones Jurídicas. Universidad Nacional Autónoma de México. Primera edición: 1984. Segunda edición: 1991. México.

http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/libro.htm?l=387

3.- BNM. Ms. 20. 245, doc. 17. Francisco de Solano. Cedulario de tierras. Compilación. Legislación agraria colonial (1497-1820). Instituto de Investigaciones Jurídicas. Universidad Nacional Autónoma de México. Primera edición: 1984. Segunda edición: 1991. México.

http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/libro.htm?l=387

lunes, 14 de septiembre de 2020

Las medidas de tierra antes que llegaran los españoles a México (Nueva España) y sus conceptos

   Comentaba apenas que es en Yucatán en donde encuentro más documentado el tema de las Encomiendas, por acá, donde vivo, en el Bajío, también hubo ese sistema, pero dado el acelerado crecimiento en esta región, comparado con Yucatán, creo que es allá en donde nos podemos nutrir de ideas más claras para entender el concepto y en esas andaba cuando topé con un documento que bien nos dice cuál era la idea de la Encomienda en 1513, un año antes del primer avistamiento por ojos europeos de lo que hoy es México y más concretamente, la península de Yucatán. Veamos:

 Instrucción al gobernador de tierra firme, Pedrarias Dávila, declarando el modo de repartir la tierra entre conquistadores y pobladores, y medidas de las caballerías y peonías. Valladolid, España; 9 de agosto, 1513.
   Porque nuestros vasallos se alienten al descubrimiento y población de las Indias y puedan vivir con la comodidad y conveniencia que deseamos es nuestra voluntad que se puedan repartir, y repartan, casas, solares, tierras, caballerías y peonías a todos los que fueren a poblar tierras nuevas en los pueblos y lugares que por el gobernador de la nueva población les fueren señalados, haciendo distinción entre escuderos y peones, y los que fueren de menos grado y merecimiento. Y los aumenten y mejoren, atenta la calidad de sus servicios para que cuiden de la labranza y crianza

   Habéis de dar y señalar al escudero y persona que nos haya servido y sirviere y se avecindare allá, por repartimiento, tierras en que pueda poner y señalar doscientos mil montones y esto se llama una caballería de tierra. Y al peón, a razón de cien mil montones, que es una peonía. Y a este respecto los solares, y para los solares en que hagan sus casas y bohíos les habéis de señalar y dar suelo de cien pasos de largo y ochenta en ancho a las personas susodichas, y a las otras personas que fueren de menor calidad, o condición, o merecimiento a este respecto.

Inserta en Encinas, t. I, p. 65 e incorporada a la Recopilación (parte subrayada), lib. IV, tít. 12, ley 1. Publicada por Solano, doc. 2, p. 176.

   Curioso me parece el concepto de los miles de montones de tierra... cosa algo indefinida, como indefinidas eran las medidas tipo: "a tiro de piedra", o de arcabuz... y nos recuerda aquella medida de la región española de Cantabria denominada "carro de tierra". Por ejemplo Hernán Cortés escribió sobre la ciudad de Tenochtitlán: "El cual estrecho tendrá un tiro de ballesta, y por entre una laguna y la otra..."

Sobre el tema había ya publicado algunos datos, sean de mercedes que encomiendas que peones, lo puedes leer aquí. Y otro más sobre los peones, sean del campo que del ajedrez, aquí. 

El tema de las primeras medidas agrarias es interesante y... abundante... de ello seguiremos hablando en los siguientes días.

Fuente:

Francisco de Solano. Cedulario de tierras. Compilación. Legislación agraria colonial (1497-1820). Instituto de Investigaciones Jurídicas. Universidad Nacional Autónoma de México. Primera edición: 1984. Segunda edición: 1991. México.

http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/libro.htm?l=387

jueves, 14 de noviembre de 2019

Una imagen que habla por si misma: las herencias y el desmembramiento

  ¿Y qué tiene de particular este croquis? quizá te lo estás preguntando, pues bien, con esta división, sea por venta o por testamentaria, como haya llegado en 1904 a manos de una persona en Valle de Santiago, nos está diciendo mucho en realidad. Vamos por partes.

  Salamanca fue fundada con categoría de villa en 1603, al poco tiempo, tres años, los españoles que participaron en la fundación y obtuvieron como consecuencia terrenos para casa, para huerta y para cultivo, se dieron cuenta de que las buenas tierras para sembrar estaban en la ribera sur del río Grande de Toluca, es decir el río que conocemos actualmente como Lerma. Y Salamanca fue establecida en la ribera norte, terrenos al sur no se repartieron, así que muchos de esos fundadores para 1609 estaban ya congregados en un punto (que era un Padrón) al que llamaron Valle de Santiago y por allá comenzaron a generar riqueza.

 Cuando se hicieron los repartos originales de tierra, éstos eran de forma cuadrada, me refiero a que todo reparto de tierra se "tiraba" en base a una cuerda que corría de norte a sur y de oriente a poniente, el resultado era un cuadrado perfecto. Y en el caso de la forma que se le daba a una nueva población, esta se hacía con la misma técnica, pues las calles se marcaban "tirando el cordel"; a eso se le conocía como la "traza perfecta", algunos osados dicen que eso fue debido a que Leonardo Da Vinci creo esa "traza perfecta" para la fundación de las poblaciones en el Nuevo Mundo. Pero más bien quien ideo esa forma fue Felipe II con sus Ordenanzas. (Si no has leído ese documento, te pierdes de una lectura del tipo "deliciosa", esta en la red, es fácil de encontrar.)

  Así pues, en el caso específico de Salamanca, y por consecuencia en Valle de Santiago, los fundadores recibieron sus tierras para establecer ahí su casa, es decir en el poblado (será bueno agregar que al principio eran exclusivas para españoles, o criollos en todo caso), eso que conocemos como "centro histórico" es donde está la "traza perfecta". Recibían además sus terrenos para hortaliza y viña, eso estaba rodeando al cuadro que formaba la fundación española, y recibían además tierras para labor y ganado, que eran también geométricas, cuadradas específicamente, y que rodeaban al otro cuadrado de las huertas.

  Supongo has oído y haz utilizado la palabra "cuadra" y entiendes muy bien lo que una cuadra significa en términos de medida... y si eres de Cancún entiendes a la perfección el término "manzana". Pues bien, cada cuadra, en aquel principio del siglo XVII era un cuadrado (ocasionalmente un rectángulo) que se dividía en cuatro, el cual se repartía entre cuatro fundadores, así pues las dimensiones de la casa original era de muy buenas dimensiones.

  Y el tiempo y la reproducción humana se encarga de cambiar la precisión original, pues ya para tiempos de la Reforma, (por decir) aquellas cuadras ya no contenían a cuatro familias, sino a 8, 10, 12 o 20... según se hayan ido multiplicando los miembros de la familia original y ya para 1904, que es la fecha del croquis de arriba, vemos como los caprichos que el tiempo y los propietarios de un terreno van creando...

Este era un sitio de "Ganado Mayor"




  Lo que vemos es la reconstrucción ideal de la distribución de tierras que se hizo en la Villa de San Fernando en Texas, en base a lo ordenado por el Virrey marqués de Casa Fuerte.

viernes, 11 de octubre de 2019

Una tabla detallada de equivalencias del sistema mexicano de medidas del siglo XIX al métrico decimal.

   Si hay algo que es complicado y, al principio, entender, ese es el sistema de pesas y medidas en uso durante la época virreinal, el cual se prolongó medio siglo más luego de la Consumación de la independencia y no sería hasta la presidencia de Ignacio Comonfort que, el 15 de marzo de 1857, se decreta el uso del Sistema Métrico Decimal, decreto que debido a la inestabilidad existente no se aplica, así que leguas, arrobas, caballerías y todas esas antiguas medidas seguirán en uso. Ocurre luego, ya en el Segundo Imperio, el 27 de octubre de 1865, el Emperador Maximiliano decreta el uso del sistema métrico decimal francés, cosa que tampoco ocurre dadas las circunstancias reinantes. No será hasta comenzar el siglo XX que se empiecen a dar medidas del mencionado sistema; las leguas, caballerías y arrobas seguirán siendo la referencia a lo largo del siglo XIX.

A continuación, para entender mejor las viejas escrituras emitidas por posesión de tierras, compra o venta de artículos, comparto las equivalencias que en ese decreto de Maximiliano I se dieron entre el sistema mexicano y el métrico decimal, de seguro te será de gran ayuda.















sábado, 5 de octubre de 2019

El reglamento del Fiel Contraste en Guanajuato, 1852

   El fiel ejecutor era un funcionario permanente del cabildo, encargado de los abastos de la ciudad. Su responsabilidad principal consistía en fijar los precios y controlar las pesas, medidas y monedas que utilizaban los comerciantes. También era responsable del aseo y ornato de la ciudad. (Wikipedia.)

  A la entrada, una persona contratada por el Ayuntamiento -normalmente de fuera de la ciudad, por aquello de garantizar la imparcialidad-, se encargaba de verificar pesos y medidas de toda la mercancía que atravesaba la puerta para ser puesta a venta. Era el llamado «fiel contraste», un personaje que jugaba un papel crucial en la sociedad de aquellos tiempos, ya que las tarifas que se cobrarían en el mercado dependían de que él verificase adecuadamente el peso del pan o los cereales, o las medidas de vino que entraban en la alhóndiga. (La Voz de Galicia.)

  En ambos casos, es decir, en las definiciones que acabamos de ver, se menciona el periodo virreinal. Lo sorprendente del caso es que el documento que hoy comparto recuerda ambas figuras, la del fiel contraste y el fiel ejecutor, solo que en 1852. Esto nos reafirma la idea de que los ecos del virreinato, en cuanto a administración se refiere, permanecían tres décadas luego de la Consumación de la independencia.

   Notarás que todas las referencias que hace son a medidas de aquella época y que el sistema métrico decimal, ese que conocemos, aún no llegaba a México. Verás debajo de la última imagen una serie de carpetas, una de ellas dice "medidas", ahí podrás ver muchas equivalencias de esos tiempos.


Escultura del Fiel Ejecutor en Pontevedra, España.

jueves, 17 de mayo de 2018

Venta de Bravo, acaso una reminiscencia del trazo de un sitio de ganado mayor

   Usando el recurso que todos tenemos en la computadora, el de Google Maps, encuentro un sitio que tiene una característica sumamente particular y que me hizo pensar de inmediato en eso que recién vimos sobre las estancias y sus formas, las cuales eran cuadradas y, en algunas ocasiones, redondas. Estas segundas las menos comunes por la pérdida de terreno que había entre una y otra y los consecuentes pleitos por su posesión.

  Vimos también que para determinar los límites de una estancia de ganado, sea mayor, que menor, se trazaba un círculo, el cual era el centro y de ahí se tiraban las líneas hacia los cuatro vientos y quedaba ya marcado el límite de la posesión, claro es que luego se tenía que amojonar para evitar cualquier discrepancia o pleito con el vecino.

  Así que esto que ahora vemos, la comunidad Venta de Bravo, al sur del municipio de Contepec, Michoacán, quizá sea una reminiscencia de esos trazos centrales que en la época virreinal se solía hacer. Hace tiempo pasé por ahí, pero no fui al centro de la comunidad, desconocía esto que ahora comparto, lo que me atrajo del sitio fue, en primer lugar, su nombre pues, siendo una "venta" lo más seguro es que se trataba de una concesión para tal fin hecha, evidentemente, a una persona de apellido Bravo, pero es algo que no puedo afirmar. ¿Será esa la única traza circular que sobrevive?

sábado, 5 de mayo de 2018

La geométrica lógica en las medidas Virreinales de Nueva España

   Recién vimos el texto de la señora von Wobeser sobre la medida de la Estancia de Ganado Mayor, menciona de unas cuadradas y otras redondas, estas últimas las menos. En el caso de las cuadradas encuentro una serie de mapas en las que vemos con claridad como se trazaba ese cuadrado a partir de un punto central. Veremos en una de las imágenes el caso de una estancia sobrepuesta a otra o, en todo caso, que una parte de una caía en la otra, me parece sumamente interesante esta manera gráfica que nos deja más claro aun lo expuesto por la referida autora.