lunes, 17 de febrero de 2020

De la fundación del pueblo de Santa María Nativitas en la Villa de Salamanca, 1655

  Hace 80 años así lucía Salamanca desde el aire, toma que hizo la Compañía Aerofoto, asociada a la constructora ICA, era entonces una población de 15,000 habitantes, reconocemos bien el cauce del río Lerma; en la parte baja, a la derecha se ve una arboleda, esa era la casa grande de la Hacienda del Molinito, hacía poco tiempo que el afamado torero, el Califa de León, Rodolfo Gaona, la había vendido, se dice que cuando él la habitó [década de los treinta] muchas celebridades del espectáculo llegaban a Salamanca, no a visitar la ciudad, sino a hospedarse con el matador. 

Volviendo a la imagen, no se alcanza a ver la parte oriente [derecha], lugar donde se ubica Nativitas que entonces lo separaba de la ciudad el tendido de la vía del tren a Valle de Santiago, ese que conocimos como La Burra. Y es Nativitas, en su origen, lo que hoy nos ocupa. Los documentos que a continuación comparto nos dan un panorama general de lo que ocurría por este rumbo a mitad del siglo XVII, hace unos 380 años...

 Testimonios de la Merced, Petición ante el Señor Don Antonio de Lara Morovrejo, en diez de octubre de seiscientos cincuenta y cinco: el Alcalde y Común de los Naturales que hay en esta Villa de Salamanca y su distrito como mejor haya lugar de derecho, decimos que a nuestra noticia es venido de los vecinos españoles que hay en esta Villa tratan de irse de ella al valle de Santiago, tres leguas de ellas porque dicen no tienen conveniencias aquí, y allí sí, fundando y pasando esta Villa allá, como más útil que les es porque yéndose necesariamente a de quedar esta villa despoblada y todas las tierrs que en su contorno están como lo están y porque será del servicio de Dios y de Su Majestad que se haga población de naturales, pues está más en nuestra propia tierra y es nuestra esta, queremos fundar un pueblo de naturales en el sitio de esta Villa en la cual y en sus términos se nos repartan solares y suertes de tierras a cada uno conforme lo dispuesto por ordenanzas y cedulas de su Magestad para nuestra labranza y criansa, y con la voz de esto acudirán muchos naturales que están fuera del pueblo y congregación a poblar, y nos obligamos a sacar del río Grnde por la saca que llaman de San Bartolomé con que se regarán más de cinco leguas de tierras, y este reino será muy abastecido de todas semillas y mantenimientos y utilidad grande para él, con calidad de que no hayan de tener dependencia, entradas, ni salida con nosotros en dicha saca de agua y tierras ningunos españoles, mestizos ni mulatos, y para que esto tenga el efecto que esperamos, a vuestra merced pedimos y suplicamos como ministros y consejeros de Su Majestad y que está entendiendo en comisiones de su real servicio y representando la persona de su Virrey lugar teniente y que ha visto por vista de ojos lo que en esto ha pasado y pasa, se sirvió de proveer esta petición concediendo en nombre de su majestad lo que para el efecto que lo pedimos con testimonio… Juan de la Cruz, Diego Martín, fiscal. Don Lucas Pérez, Cristobal Ramos, Josph Martín, Francisco de la Cruz, Juan Miguel, Juan Tomás, Juan Baltasar.

   Auto del Señor Alcalde de Corte: doce de octubre de mil sesicientos cincuenta y cinco… visto la petición, acordaron que se les haga merced a los dichos naturales para que pueblen y hagan pueblo, las tierras que hubiere desde el Calvario de esta Villa hacia a donde llaman La Presa y parte de Celaya y llegar al Arroyo Hondo, sin perjuicio de tercero… y en cuanto a la saca de agua que pretenden de San Bartolomé se entienda que si la quisieren hacer y sacar, sea sin perjuicio de los derechos que toca al Valle de Santiago y esta Villa y sus repartimientos hechos de tierra y que estén sujetos a las justicias de esta dicha Villa, y el repartimiento que hicieren de tierras y lo demás a los dichos naturales sea con intervención de la justicia ordinaria de esta Villa para que los apruebe y de sus repartimientos y de este auto se les de testimonio para que con él ocurran ante el excelntísimo Señor Virrey de esta Nueva España para que la apruebe y confirme, y estando presentes los alcaldes y demás principales y naturales aceptaron lo determinado por el dicho consejo, justicia y regimiento, lo firmaron con los demás naturales que supieron. 

   Posesión del sitio para el Pueblo, catorce de octubre de mil seiscientos cincuenta y cinco. Estando en el puesto donde está una cruz de madera extramuros de ésta villa de Salamanca, donde está el Calvario y donde el Alcalde y Naturales de esta Jurisdicción tienen pedido sitio… con más de veinte indios, el Alcalde etc. Dijeron que en este puesto donde están es que han elegido para dicho su pueblo y que se les de posesión de él para hacerlo y formarlo, hacer sus casas y huertas y plantar magueyales y huertas, y el dicho Alcalde ordinario dijo que estaba presto de hacerlo y en ejecución de ello se apeó conmigo, el presente Escribano Público, y cogió por la mano al dicho Juan de la Cruz y a los demás naturales presentes, y en nombre de Su Majestad y aumento de su real servicio dio posesión del dicho sitio que es a la orilla del río Grande que llaman de Toluca, desde la cruz del Calvario, hasta donde llaman el Chifón, hacia el oriente, a los dichos naturales para el efecto referido, quedándose como ha de quedar la población que hay fundada en el pueblecillo que le llaman San Juan de la Presa por barrio de este nuevo Pueblo, y los dichos naturales en señal de posesión pusieron una cruz de madera en el dicho puesto y una campana… la cual repicaron y tocaron… y hicieron otros actos de posesión, y al dichopueblo dieron la advocación de la Natividad de Nuestra Señora la Virgen Santísima y dijeron que se ha de llamar Santa María Nativitas… 

   Tierras. Y hecho esto se fue luego el dicho Alcalde Ordinario y dicho beneficiado a reconocer las tierras que se les han de dar a los dichos naturales para hacer sus sementeras así a los que al presente son como a los que adelante se quisieren venr aavecindar, y habiendo pasado por unas estancias que son de Diego Delgado y el dicho beneficiado y de Andrés de Cervantes que están pobladas, y habiendo llegado por la orilla del río de Celaya arriba, se reconoció una ranchería de indios que se llaman de Baltierra y desde ella se fue reconociendo tierra valdía y despoblada como media legua poco más o menos de la dicha ranchería y se fue dando vuelta en redondo hacia la derecha del Arroyo Hondo que llaman, y de allí se revolvió a otro puesto que llaman de San Lorenzo y se vino a donde está otra ranchería que llaman del Montecillo que es de Juan García Torrado, que será todo como dos leguas de circuito y hasta el Arroyo Feo, todo lo cual se les señala a los dichos naturales para que se les reparta y se de en propiedad, y sin cargo ni obligación de paga ni reconocimiento alguno más de porque hagan pueblo y se congregan en forma de tal sin perjuicio del derecho de Su Majestad ni de otro tercero alguno, y en su real nombre el dicho Alcalde Ordinario les dio posesión, la cual aprehendieron quieta y pacíficamente y sin contradicción de persona alguna… por el dicho Cabildo de la Villa de Salamanca se acordó y la forma en cuanto al pedir se les señale la tierra que cada natural haya de tener para excusar pelitos entre sí… 

  Decreto del Juzgado: Por la presente apruebo y confirmo la merced que el Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Salamanca hizo a los naturales de la dicha Villa aquí inserto para la fundación de su pueblo y la posesión que de ellos se les dio por la dicha justicia y dado sin perjuicio de tercero que mejor derecho haga. Fecho en México a seis de noviembre de mil seiscientos cincuenta y cinco, el Duque de Alburquerque, por mandato de su Excelencia, Simón Vázquez.









Fuente:

AGN. Tierras, vol. 118, exp. 6 y AGN. Indios, vol. 18, exp. 239, ff. 123-124v. en Baroni Boissonas, Ariane. La formación de la estructura agraria en el bajío colonial. Siglos XVI-XVII. Centro de Investigaciones y Estudios Superiores en Antropolgía Social. México, 1990, pp. 181-184

No hay comentarios:

Publicar un comentario