jueves, 23 de abril de 2020

La compilación que José María Marroquí hace sobre el pulque. 2ª. Parte

   Algunas personas, principalmente de la clerecía, recibieron mal la licencia de venderse pulque blanco y puro; el P. Julián Gutiérrez calificó de perverso su dispendio el Dr. Pedroza decía: "El dar licencias para las pulquerías, ¿qué otra cosa es que dar libertad de conciencia en aquella línea, para que sea Dios ofendido á lo descubierto?". Y el Dr. D. Francisco Romero escribió un manifiesto contra los daños y ruinas espirituales, que acompañaban su venta, lleno, según se dice, de erudición y doctrina.

  La circunstancia de haberse situado una de las veinticuatro pulquerías en un lugar vacío y sin casas, que había contiguo á la iglesia del hospital de Jesús Nazareno, excitó la ira del Dr. Pedroza, á punto, según parece, de haber padecido una alucinación de vista, puesto que en aquella misma iglesia predicó que había visto en la pulquería al diablo, y otro tanto aseguró también al Arzobispo D. Francisco de Aguiar y Seijas, á quien fué á ver con esta ocasión, encargándole la conciencia, en términos poco respetuosos de inferior á superior, si no tomaba providencias contra el expendio del pulque. Este Prelado, movido acaso por estas palabras, ó lo que es más creíble, por propia inspiración, se dirigió á D. Carlos II, pretendiéndolo, y otro tanto hizo el Cabildo Eclesiástico; mas como los argumentos de todos los contradictores eran del abuso al uso, ni en el Rey ni en el Consejo encontraron cabida; el Arzobispo no por esto desmayó, fulminando censuras eclesiásticas para prohibirle.

   En este estado las cosas ocurrió el memorable motín de 8 de Junio de 1692 en que fueron incendiados por la plebe el palacio del Virrey, las Casas del Cabildo y las tiendas de madera que alrededor de la plaza y en su centro tenían los mercaderes. Aunque este tumulto fué efecto bien conocido del hambre que había venido preparando desde años anteriores la falta de cosechas, no pocas personas le atribuyeron á excesos de la embriaguez; una de estas personas fué el Virrey Conde de Galve, que á la sazón gobernaba, el cual, obrando en consecuencia de su sentir, publicó bandos prohibiendo la venta del pulque, dando cuenta á la Corte, en despacho de 11 de Febrero del año siguiente, con el expediente de la materia; al cual se le contestó que de los instrumentos por él remitidos se deducía precisamente lo contrario del supuesto de su representación, en cuanto á que el tumulto hubiese sido ocasionado por la embriaguez; dejándole, sin embargo, en libertad de continuar ó no la suspensión, según tuviera por conveniente; atendiendo siempre á que el uso de esa bebida era adecuado á la naturaleza y costumbre de los hijos de esta tierra, que podrían darse al uso de otras más perjudiciales, siendo así que conforme al parecer del Protomedicato el pulque blanco y puro, sin añadidura ni compostura no era nocivo, como lo era el amarillo, sobre el cual debía de recaer la prohibición; que atendiera, además, á que cesaría la granjería de los magueyes, y disminuirían las rentas reales con la falta de ese derecho, que estaba aplicado á la escuadra de Barlovento.

   Difícil por extremo es borrar del ánimo las primeras impresiones que recibe de un negocio cualquiera; ya fuese por esta causa, ó porque fuese sistemático enemigo del pulque y aprovechase esa ocasión para combatir el uso que de él se hacía, en cartas de 28 de Junio de 1693 y 20 de Mayo de 94, insistió en la suspensión, en virtud, dijo, de que las leyes y reales cédulas le permitían del jugo del maguey simple, y no se usaba de él en esa forma, ni podía usarse, porque no se conservaba sin confección ni compostura, en cuyo caso, lejos de ser bebida saludable para los indios y proficua á su complexión, les era perjudicial, como lo acreditaban los testimonios que remitía de Prelados y Comunidades, de Ministros y del Protomédico; que los arrendatarios habían introducido el abuso de componerle, á fin de conservarle, especialmente desde el año 1688, que habiendo entrado á serlo D. Juan de Larrea, capituló el aumento de pulquerías y el nombramiento de Juez Conservador, con inhibición de las justicias ordinarias, derogándose con esto la ley 37 del libro 6 y título I y las Ordenanzas formadas el año 1671 para corregir estos vicios; que aunque no se le dió facultad para vender otro pulque que el blanco, por la falta de quien celara el cumplimiento y castigase la contravención, sin dificultad el arrendador abusó, por el mayor consumo que tenía el amarillo.

   No pensó el Conde de Galve al escribir esto, que tenía en su mano el remedio, con sólo ajustar el asiento de Larrea á los términos de la ley y de la Ordenanza, sobre todo cuando él mismo en su escrito confesaba que en el tiempo que un D. Francisco Narváez había tenido el asiento, no hubo tales quejas, y que en los gobiernos del Marqués de Mancera, de Fray Payo, del Conde de Paredes, del Marqués de la Laguna, y del Conde de la Monclova, no se habían hecho semejantes reparos; pero su ánimo se hallaba preocupado con la idea de que para la conservación del pulque era indispensable componerle, y llevado de ella propuso á la Corte que se le mezclaran aquellas substancias que, como las cáscaras de limón, de naranja ó de melón, no eran nocivas, consintiendo, entretanto esto se resolvía, que continuase la venta del blanco, en razón del destino que su producto tenía para la escuadra de Barlovento, proponiendo igualmente que no se nombrara el juez Conservador propuesto por los arrendadores, que se observaran la ley y Ordenanzas, reduciendo el número de las pulquerías al que había él año 1688, sujetas á las justicias ordinarias; agregando, como nuevas disposiciones convenientes, que el nombramiento de los pulqueros se hiciera en la ciudad, con acuerdo de la Audiencia, y fuera de ella con el de los Corregidores ó Alcaldes Mayores , precediendo en todo caso información de no parentesco con el arrendador.

   El Consejo, que á la distancia que se hallaba no podía resolver de plano sobre el asunto, en vista de la insistencia del Conde de Galve, acerca de la necesidad de hacer alguna mezcla al pulque, para conservarle, fué de parecer de que se consultase aquí al Protomedicato qué substancias se usaban para la conservación de este licor, dando cuenta con el resultado; y en este sentido, D. Carlos II despachó cédula en 3 de Junio de 1697, dirigida al Conde de Moctezuma y de Tula, D. José Sarmiento Valladares, que entonces gobernaba.

   Este magistrado, cumpliendo lo que se le mandó, á más de consultar al Protomedicato, hizo otras diligencias y experiencias, y halló que echando al aguamiel simple el corazón ó raspadura del maguey, se convertía en pulque blanco de buen olor, color y sabor, y que sin más correctivo ni mixtura, se conserva cuatro días y algunas horas en tiempo de invierno, y en el de verano tres, que era el tiempo necesario para su tráfico y despacho. Así lo informó al Rey en carta de 24 de Abril de 1698, á que se le contestó en 28 de Junio del año siguiente, dándole las gracias por lo hecho, y encareciéndole que dictara cuantas providencias fueran conducentes para conseguir que el pulque no se viciase con mixturas, y que sólo se aplicara al aguamiel la raspadura del maguey, previniendo á los asentistas que cumplieran en esta parte con su obligación, de suerte que se observaran las últimas cédulas, ley y Ordenanzas sobre este punto expedidas. A la fecha en que escribió el Sr. Valladares, estaba para concluir la contrata de D. Juan Larrea, y se daban pregones para celebrar otra nueva: licitaban en ella D. Tomás Uribe Bracamonte por nueve años, ofreciendo cincuenta mil pesos en cada uno de los tres primeros y los seis restantes á sesenta mil; mejoraban esta postura el mismo D. Juan Larrea y D. Juan Clavería, ofreciendo por el mismo tiempo cinco mil pesos de aumento cada año, en iguales términos que el anterior. En esta vez fincó el remate en Clavería, y el Virrey tuvo cuidado de que se insertara en la escritura la cédula de 3 de Junio de 1697, que ponía en vigor las Ordenanzas del Marqués de Mancera, restableciendo la competencia de cualesquiera justicias y jueces, superiores é inferiores, sobre el expendio del pulque, y dado este buen ejemplo, en la misma conformidad se celebraron otros dos asientos después, por el mismo tiempo de nueve años; el uno con D. Juan Larrea, y el otro con D. Juan Rubín de Celis.

   Quejábanse los asentistas, y puede ser que tuvieran razón, de que los ministriles, ó justicias inferiores, ejercían no pocas violencias con los pulqueros y demás traficantes en el ramo de pulques; así fué que cuando se aproximaba el tiempo de que terminara la contrata de D. Juan Rubín de Celis, D. Juan Bautista Marichalar, se dirigió directamente al Rey ofreciéndole por el asiento noventa y tres mil pesos anuales por los nueve de su duración, comprendiéndose en él la ciudad con las cinco leguas de su jurisdicción, y la de Texcoco con toda la suya, con lo que ganaba el Real Erario veintisiete mil pesos en los nueve años. Propuso pagar por tercios de año adelantados, con objeto de no dar fiador, y regalar á la renta ocho mil pesos, por una sola vez, tan luego como el contrato se aprobara. Pedía en compensación, con entera justicia, la extirpación completa de todas las bebidas, como tepache, guarapo, cantincora, ololinque, vino de Colima, llamado de cocos, aguardiente de la tierra y las demás prohibidas, cuyo expendio igualmente perjudicaba la salud pública como los intereses del contratista. Pedía, además, y esto era lo más grave de la solicitud, que uno de los ministros togados de la Audiencia, el que él designara, había de tener el conocimiento privativo de todas las causas y dependencias de la renta, encargándole que procurase el aumento de ella, como provechoso á la corona; impidiendo que las justicias inferiores vejaran y extorsionaran á los pulqueros, ni les cobraran derechos indebidos, ni á las demás personas que grataban y comerciaban en esta bebida, con ningún pretexto; sin permitir ni dar lugar á que los visitaran los receptores, escribanos y ministros inferiores. Subordinada á esta pretensión fué la siguiente, pues solicitó que si fuera de las cincuenta licencias concedidas para vender en puestos públicos esta bebida, se necesitaran más, se pudieran poner con sólo la licencia del Juez Conservador, cuyas facultades habían de ser las mismas que las del Juez de Naipes. A estas condiciones añadió otras de mera forma y justas en el fondo, y envió su pliego al Rey. Admitida esta proposición en España, fué remitida al Marqués de Casafuerte en 26 de Mayo de 1723, para que se sacara al pregón

Fuente:

Marroquí, José María. La Ciudad de México. Tip. y Lit. La Europea, México, 1900. pp. 196-198

miércoles, 22 de abril de 2020

Plaza y Pulquería del Aguila. La compilación que José María Marroquí hace sobre el pulque.

   La acuciosa descripción que hace José María Marroquí de las calles de la ciudad de México va más allá de hablar de la calle en sí, toma el nombre para desarrollar el tema, como es el caso de ahora, que al comenzar a leer sobre la plaza del Águila, una de las dos que había con ese nombre, y en la segunda, en donde había en la plaza una pulquería, prosigue el autor con un largo relato histórico del desarrollo de la producción del pulque, veamos:

   Independientemente de la calle de que acabamos de hablar [se refiere a la que se llamó de Ballesteros y que en algún momento llevó por nombre el del Águila], y no muy próxima á ella, hubo con el mismo nombre una placita en el ángulo Suroeste de la manzana número diez y seis del cuartel mayor uno, en la primera división de la ciudad, y en la número treinta del cuartel tres, en la actual. Más bien dicho: esa manzana de casas estaba por concluir; no construido ningún edificio en el ángulo dicho de ella, quedaban dos espacios vacíos, el uno mayor hacia la calle de la Espalda ó Puerta Falsa de Santo Domingo, y el otro, menor que éste, hacia el callejón de Altuna; el primero conocido con el nombre de Plazuela del Aguila, y el segundo con el de Plazuela de Altuna; uno y otro se encuentran todavía en el plano de la ciudad, rectificado el año 1830, y vinieron á desaparecer por el año 1845, simplemente cercados con adobes, formando dos grandes corrales de distintos dueños, aplicados á diversos usos.

   No sabemos cuándo ni por cuál título vendría el corral de la que fué plazuela del Aguila, á poder del Hospital de San Andrés; mas corriendo el tiempo le vendió, y su nuevo dueño construyó en él una gran casa entresolada en la cual hubo al principio un molino de aceites, y ahora, tan grande es aquel espacio, que ha podido construirse una hermosa casa en la esquina de la calle y del callejón, marcada con el número siete, y en lo restante hacia el centro de la calle caben dos establecimientos industriales, una fábrica de licores y un molino de maíz.

   En esta placita estuvo uno de los puestos destinados desde mediados del siglo XVII á la venta del pulque, llamados por esta razón pulquerías, y permaneció hasta muy entrado el siglo presente, en que modificándose las costumbres poco á poco, las pulquerías se fueron poniendo en piezas cerradas, como hoy se encuentran.

   Antiquísimo es el vicio de la embriaguez, y común á todos los pueblos y á todos los tiempos: no se vieron exentos de él los naturales del Anáhuac; así fue que entre conquistadores y conquistados no hubo otra diferencia que la de los licores de que usaban para embriagarse. Varias bebidas tenían los indios para este fin, dándole la preferencia al pulque, bebida de sabor ingrato y sujeta á fácil descomposición; de esta última circunstancia principalmente provino el que le mezclaran cierta raíz, que le hacía más duradero, y al mismo tiempo más embriagante, con distinta naturaleza de embriaguez, pues siendo la del pulque más soporífera que excitante, con el aditamento de esa raíz, los que la bebían estaban como furiosos, daban voces y aullidos, cometían vicios carnales, reñían y se mataban; excesos que puestos en conocimiento de la Reina, dieron ocasión á la primera disposición legislativa que acerca de este vicio se encuentra, y fué una cédula firmada en Toledo á 24 de Agosto de 1529, mandando á la Audiencia, que gobernaba entonces, y encargando al Obispo electo de México, D. Fr. Juan de Zumárraga, que viesen si sería conveniente el que dejara de cultivarse la raíz que se mezclaba al pulque, ó si para otros usos se sembraba no se añadiera á esta bebida.

   No basta para corregir los vicios dictar buenas leyes ni aun ponerlas en ejecución; es necesario acostumbrar al pueblo á que las cumpla, y á quienes la administran hacerlas cumplir; de lo contrario se van olvidando hasta llegar al desuso. A consecuencia de lo mandado por la Reina, las autoridades civiles dieron medidas para evitar que se hicieran y vendieran pública ni secretamente diversas bebidas embriagantes que confeccionaban los indios con raíces y frutos; la Ciudad por su parte procuraba reglamentar y moderar el uso del vino de España, que entre españoles y naturales iba extendiéndose; pero estas disposiciones buenas en sí mismas no eran puntualmente observadas, según queja que dirigió á la Corte Alonso de Herrera, vecino de la ciudad de México y fabricante de cerveza, por el perjuicio que á su comercio se seguía de la extensión de aquellas bebidas, suplicando que se mandasen guardar las dichas ordenanzas, calificadas por él de justas y buenas, poniendo para ello graves penas, y encargando á una persona especial de este cuidado, porque dejado al de los alguaciles de los indios nunca lo harían. El Príncipe, por acuerdo del Consejo, proveyó á esta queja mandando, en 24 de Enero de 1545, á la Audiencia y á su Presidente, que era el Virrey D. Antonio de Mendoza, que vieran lo dicho por Herrera y proveyeran lo conveniente al bien de la tierra. 

   A consecuencia de esta cédula se dictaron varias medidas contra el vicio de la embriaguez, todas estériles, pues ni prisiones, ni trabajos forzados en los obrajes, ni multas, eran bastantes á moderarle, ya que no pudieran extinguirle. Entre ellas es notable la ordenanza de 7 de Mayo de 1635 por la dureza de los castigos que infligía á los trasgresores; pues nada menos que confiscaba los bienes de aquellos que vendiesen, usasen ó tuviesen cualquiera de las bebidas tepache, vinguí, cuarapo, y otras nocivas, pulque amarillo corrupto ó con la raíz que le hacía fuerte, ó á los que contratasen en ellas, y no paraba el castigo en esto, sino que además se les aplicaban doscientos azotes y seis años de galeras.

   Tampoco esto tasto; y el Sr. Palafox y Mendoza, en el corto tiempo que gobernó, sin atenuar las penas corporales, aumentó las pecuniarias, no á los tratantes, sino á los bebedores de todas esas bebidas, y señaló lugares, llamados puestos, en donde únicamente había de venderse el pulque.
Así siguieron las cosas sin lograrse mayor remedio, hasta que el Conde de Alva de Aliste, examinando con todo cuidado el asunto, encontró que de todas las bebidas que usaban los indios el pulque era el que tenía, solo y puro, menos cualidades embriagantes, y sí gozaba de otras salutíferas; de suerte que tomado con medida y en determinadas circunstancias, era más provechoso que perjudicial, lo que no se observaba en otras bebidas, las cuales sin poseer ninguna cualidad útil sólo servían para perturbar la razón. De este estudio maduro y razonado resultó como consecuencia necesaria, que prohibieran el expendio y uso de todas las bebidas únicamente embriagantes, que desde entonces se llamaron prohibidas, y respecto del pulque rebajó la cantidad de las multas impuestas á su uso y redujo á sólo cincuenta en la ciudad los puestos de venta de ese licor, para que pudiesen estar mejor vigilados. De lo hecho dio cuenta á la Corte, como una novedad, y vino su aprobación en cédula de nueve de Julio de mil seiscientos cincuenta y dos. Podemos considerar el gobierno de D. Lui s Enríquez de Guzmán y la cédula que acabamos de citar, como una nueva era para la bebida del pulque, porque separado de la masa de las demás bebidas embriagantes y permitida su venta, las disposiciones todas que después se dictaron, fueron reglamentarias de su expendio, descargando todo el peso de la persecución sobre la venta y uso de fes prohibidas. Entró ya á ser el pulque un ramo de la Hacienda Real, haciéndose su venta por medio de una contrata, ó asiento, como entonces se decía, y como se practicaba con las demás rentas; el asiento se hacía en almoneda pública, adjudicándose á quien mejor pagaba.

   Ni la permisión de venderse el pulque, ni el sistema de contratas para el surtimiento del público, eran remedios de los males que se experimentaban; lejos de eso, otros nuevos nacieron: los asentistas repartían el pulque para su expendio en los cincuenta puestos asignados por el Conde de Alva de Aliste, en la ciudad y en los alrededores comprendidos en el asiento, entregándole por medida á las personas, generalmente mujeres, encargadas de este menester; éstas y los asentistas, á fin de aumentar el expendio, provocaban reuniones de gente con música, bailes y comidas en los puestos, de donde se originaban no pocos desórdenes.

   Estos desórdenes acaso dieron ocasión al Corregidor de México, D. Francisco Sainz Izquierdo, para cometer una arbitrariedad: el día 14 de Julio de 1664, siguiente de haber tomado posesión del corregimiento, mandando á sus ministros que derramaran todo el pulque que hallaran en las pulquerías, dentro de la ciudad, y quebraran los vasos, como lo ejecutaron; arbitrariedad, que estando permitida, y aun autorizada la venta del pulque, constituyó un verdadero atentado.

   Del cronista Guijo sabemos que el Real Acuerdo, el mismo año 1664, mandó que se señalasen veinticuatro personas que vendieran el pulque en los barrios públicamente, y no en casas, y que el Cabildo hiciese dicho señalamiento. Natural cosa fué á nosotros acudir á los libros capitulares, para completar la noticia; pero desgraciadamente el libro de ese año y de otros próximos anteriores y posteriores, fueron presa de las llamas; sin embargo, así debió de ser, porque desde entonces nos encontramos distinguidos los puestos de la ciudad y de sus arrabales de los del resto de su distrito jurisdiccional, comprendidos sin distinción en los cincuenta que señaló el Conde de Alva de Aliste. Hasta entonces tampoco se habían dictado reglas para el expendio del pulque, de donde nacieron no pocos abusos, siendo su trato ocasionado á producirlos: los puestos se establecían en los arrabales al aire libre debajo de sombras, y en la ciudad en piezas cerradas, generalmente grandes, como bodegas, á fin de que pudieran contener muchedumbre de personas, hombres y mujeres, que se reunían á beber y á comer, á bailar y á perder el tiempo ocioseando; poco escrupulosos los vendedores del pulque, les fiaban por el incentivo del lucro, ó recibían prendas, tal vez robadas, dando lugar á la multiplicación de los hurtos.

   La disposición dada por el Real Acuerdo, mandando que se situaran las pulquerías en lugares abiertos y no en casas, no bastó, ni podía bastar, para corregir los males que hemos referido; así lo comprendió la Audiencia misma, aleccionada por la experiencia, y en 23 de Julio de 1671 formó una Ordenanza en ocho capítulos, para que se introdujeran en el asiento inmediato como condiciones suyas, las cuales aprobadas en 26 del propio mes por el Marqués de Mancera, se mandaron imprimir y se agregaron desde entonces á las escrituras del asiento.

   El primer artículo de estas ordenanzas fué repetición del mismo artículo de las ordenanzas de 7 de Mayo de 1635, y con igual dureza fue redactado el segundo de éstas nuevas: en él se mandaba que los Obispos procedieran con censuras públicas, así como los que bebieran esa bebida, el pulque, la expendieran y trataran en ella, como contra los Jueces que lo disimularan, ó fueran omisos en su castigo y corrección; y contra todos los que sabiendo esto no los denunciaran ante los Magistrados y Jueces seculares y eclesiásticos. 

    El fundamento de prevención tan terrible, y de las á ella consiguientes, pues los Obispos no se habían de conformar con publicar las censuras contra los delincuentes dichos, sino que habían de pasar á la agravación y reagravación de la pena hasta el anatema, consistía en que el incurrir en el exceso de la bebida no sólo era pecado grave, sino incentivo y causa próxima de oíros gravísimos y detestables delitos contra Su Divina Majestad, en cuyo caso era muy justo y debido que todos los derechos y leyes, por la honra y gloria de Dios, y servicio suyo, se juntaran, armaran y usaran de la espada del castigo y de la venganza; pues ayudándose ambas jurisdicciones, real y eclesiástica, se podría prometer el vencimiento de tanto desorden. 

   Vedaba el artículo tercero la venta del pulque compuesto con cualquiera confección ó mixtura, permitiendo sólo la del blanco y puro. Para la observancia de este precepto daba á “todas y cualesquiera Justicia s y Ministros Superiores, facultad de visitar los puestos y reconoce r el pulque; y hallando que no fuera blanco, en conformidad del asiento le derramaran, prendieran á la persona que le tuviera y vendiera, y le fueran dados cincuenta azotes en el palo de la plaza; y si incurriese segunda vez doscientos por las calles y desterrado de la ciudad diez leguas en contorno; y á los que se encontraban bebiéndole cincuenta azotes en el mismo palo.”

   La cuarta ordenanza, ó artículo, dió á los puestos nueva forma, que fué la que alcanzamos nosotros con el nombre de pulquerías. Prescribió que los puestos estuvieran apartados de las paredes y casas, que no tuvieran más que las cubiertas competentes y un lado resguardado del aire y del sol, quedando todo lo demás descubierto, de modo que pudiera verse y registrarse todo desde fuera; pena de tres días de cárcel por la primera vez, cincuenta azotes por la segunda, y que en adelante las pulquerías no pudieran venderle.

   Para cumplir esta prevención, los asentistas buscaban plazas, plazuelas, ó sitios escampados, y allí, arrimado á un muro, ponían el puesto, resguardado del sol y de la lluvia por un tejado, de dos aguas, alto, cubierto con tejamanil y no con teja, sustentado por dos ó más pies derechos á derecha é izquierda, conforme á la extensión que quería dársele. Al abrigo de este tejado, colocaban, próximos á la pared, mas no pegados á ella, uno al lado del otro, los barriles y tinas que contenían el pulque, á medias cubiertos con unas tablas largas sobre ellos descansadas, y en las tablas, boca abajo, jícaras y cajetes en que se servía el pulque á quienes allí le bebían.

   Si en los puestos al escaso abrigo de una débil sombra ó de sombrajos se juntaban las gentes á comer, á beber y á solazarse con músicas y bailes al son de arpas y guitarras, con mucha mayor razón habían de hacerlo bajo mejores y más amplios tejados, y aun estacionarse en ellos los mismos vendedores. A uno y á otro mal ocurrió la Ordenanza en sus artículos quinto y sexto, prohibiendo concurso de hombres y de mujeres en los puestos, para beber juntos; que se comiera de asiento en ellos, que se congregaran muchos, que se detuvieran después de haber bebido, que hubiera músicas y bailes, y que al ponerse el sol la gente de ellos estuviese ya recogida.

   La séptima de estas Ordenanzas permitía vender á los indios pulque sólo con dinero, prohibiendo hacerlo al crédito ó sobre prendas; infracción que descubierta se castigaba con la pérdida del importe de lo vendido y otro tanto, más cincuenta azotes en el palo de la plaza.

   Finalmente, en la Ordenanza octava se descargaba todo el peso de las penas sobre los indios y demás personas que se hallasen embriagados en las calles, puestos ó plazas, los cuales eran encarcelados, y vueltos de la embriaguez fustigados con cincuenta azotes en el famoso palo; mas á los indios desde la primera vez les eran cortados los cabellos, y á los españoles plebeyos, á los mulatos, mestizos, y otros de calidad inferior, de ambos sexos, en la segunda, con cien azotes y un mes de cárcel; y por la tercera, á más de estas penas que se repetían, encerramiento en un obraje los mestizos, mulatos, lobos y demás castas, por tiempo de tres años, aprovechando para si lo que ganaran; los españoles remitidos á presidio los mismos tres años, y las mujeres españolas encerradas en las Recogidas por el mismo tiempo; y resultando de la causa formada que el ebrio era además vago, se le ponía por tres años á aprender oficio: á los españoles en taller abierto, y á los de color, en taller cerrado, apercibidos todos de que si desertaban de la oficina y continuaban en la vagancia, se tomarían con ellos las providencias prevenidas en las leyes de Castilla y de Indias, que eran destierro y remisión á Filipinas.

   Dió el Marqués de Mancera cuenta á la Corte con estas Ordenanzas cuando estaba ya redactada la ley 37 del título primero y libro sexto de la Recopilación de Indias, en la cual fueron refundidas cuatro cédulas: la de 24 de Agosto de 1529, la de 24 de Enero de 1545, 3 de Octubre de 1607 y 6 de Julio de 1672, todas prohibitivas de la mezcla de raíces, agua de cal hirviendo, y de otras substancias, que se hacía al pulque, ya por simple mixtión, ya por destilación, con el pretexto de conservarle más largo tiempo sin que se altere. La ley no se varió; pero sí se le añadió la aprobación de la Ordenanza, expresando los fundamentos de ella; que fueron los ya sabidos y repetidos, á saber: que el pulque blanco y puro sin mezcla alguna bebido con templanza podía tolerarse, en razón de estar acostumbrados á su uso los naturales, y además el maguey, planta que le produce, es "de mucho beneficio para diferentes efectos," desde entonces estas Ordenanzas fueron tenidas como ley á que se sujetaron, primero los asientos, y después el expendio del pulque, cuando aquellos cesaron.

   El aprobarse estas Ordenanzas fué con calidad de que el número de las pulquerías no excediera de treinta y seis, de las cuales las veinticuatro fueran para hombres y las doce para mujeres; que la visita de todas se practicara por cuarteles, que entonces aún nos los había, y la hicieran los Alcaldes del Crimen, Corregidor y demás justicias, limitándose los ministros inferiores á hacer las denuncias de las infracciones, y las justicias sustanciaran y determinaran las causas. Mandó también que cesara en su ejercicio el Juez Conservador nombrado por el Arrendador ó Asentista de la contribución. Muy poco tiempo se observó la separación de puestos para hombres y mujeres, pues estimándose mayor mal el separar al padre de la hija y al marido de la mujer, se optó por el menor de permitirles beber juntos.

Continuará...

Fuente:

Marroquí, José María. La Ciudad de México. Tip. y Lit. La Europea, México, 1900. pp. 189-196


martes, 21 de abril de 2020

La antigua calle de agua de San Juan de Letrán, CDMX. El convento de Santa Brígida

    En mi generación, la de los años cincuenta del siglo XX, cuando íbamos a la ciudad de México, las compras se hacían, entre otros lugares, en San Juan de Letrán... la comida era en el Café la Blanca y el hospedaje en el Hotel París. Si conoces el centro histórico de CDMX ubicarás que nos movíamos en el área de la calle República del Salvador al sur, San Juan de Letrán al poniente, 5 de Mayo al norte y el Zócalo al oriente. Pero en aquellos años yo me embelesaba con los aparadores de las tiendas, el ajetreo de las calles, y los montones de gente... notaba un cierto olor que era diferente al que sentía en Salamanca, los motores de los autos no eran tan eficientes como los actuales así que el estornudar era lo habitual para mi. Algo a lo que no ponía atención eran los templos, como ahora, pero, si nos ubicamos en el tiempo, ya para entonces el templo que vemos en la imagen había desaparecido pues la picota lo derribó allá por 1933...  

  Esta era la planta del templo dedicado a Nuestra Señora de las Nieves y era parte del convento femenino de Santa Brígida de Suecia, de la Orden del Santísimo Salvador de Santa Brígida, conocida también como las Brigidinas. En efecto, con este convento comprobamos que no todo lo que nos vino de cosa religiosa tenía su origen en España o Italia, en este caso, el de las Brigidinas, tienen su origen en Suecia. El templo tenía una muy peculiar forma oval.

   Así era San Juan de Letrán. Esta pintura muestra cómo eran las calles de San Juan de Letrán, a principios del pasado siglo [XIX]. Aparece la fachada del Hospital Real, el Convento y templo de Santa Brígida, Puente de San Francisco y la torrecilla de Santa Isabel. Ahora esquina norte de la tercera de San Juan de Letrán, costado de bellas Artes que ve al oriente y las calles de Aquiles Serdán. 

   En el antiguo límite. Ni los mismos conquistadores, de ideas tan grandes y de realizaciones mayores, pudieron imaginar lo que llegaría a ser San Juan de Letrán, conocida inicialmente como el límite occidental de la ciudad conquistada. Aun esta vista les habría parecido imposible. Es la primera calle de San Juan de Letrán, en el año de 1907, cuando todavía no comenzaban los implacables derrumbes, pero en los momentos en que ya no era posible contenerlos.

   El insigne Colegio de San Juan de Letrán quedaba junto a este templo, también lleno de historia. A lo que fuera casa de Recogimiento de Niños, correspondió buena parte de la formación de nuestra cultura. Por él pasaron varones insignes como Gregorio de Pesquera, amigo de San Ignacio de Loyola, o como los literatos de la academia que andando el tiempo, sería la sede del movimiento literario mexicano y el origen de la Academia Mexicana de la Lengua. Los tiempos nuevos fueron acabando con él, y en el año de 1867 ya no aparece en la lista de los planteles de educación.

   Cuando la piqueta lo arrolló todo, quedaron al descubierto estos últimos vestigios del Colegio de San Juan de Letrán, fundando por fray Pedro de Gante. En un principio, el colegio para jóvenes naturales estuvo en un modestísimo local del Convento de San Francisco, pero el 12 de julio de 1529, y siendo Guardián del Convento Grande, el fundador solicitó de la ciudad el sitio que ahora limitan San Juan de Letrán, Independencia y López. (1)

  Esta calle primitivamente [de Santa Brígida] fue calle de agua y límite de la ciudad por el Poniente, sin nombre especial; en ella vivía hacia el año 1670, D. Francisco de Córdova Villafranca, Contador del Tribunal de Cuentas de México, casado con Doña Jesús de Izita; ambos consortes suplicaron á la Reina Gobernadora que les permitiese fundar en esta ciudad un convento de religiosas recoletas de Santa Brígida, para cuya fundación, no teniendo ellos hijos ni herederos forzosos que los pudieran y debieran heredar, señalaban las casas en que vivían, cuyo valor pasaba de setenta mil pesos, y eran capaces de fabricar en ellas el dicho convento, el cual se obligaban á labrar á su costa, con iglesia, coro, sacristía, dormitorio, sala de labor, lavatorios y demás oficinas, proveyéndole de ornamentos con toda decencia, haciendo en la iglesia tres altares, el mayor y dos colaterales, dando todo lo necesario para la conservación del culto, y que procedieran desde luego á convertir las casas en convento para que tuvieran donde albergarse cuando llegasen las monjas que habrían de venir por fundadoras del convento de Nuestra Señora de los Ángeles de Santa Brígida de Valladolid en los Reinos de España; que para el sustento de las religiosas y otros gastos, hacían donación de veintidós mil pesos que les debía la Caja Real de México, todo esto en recompensa del patronato que querían conservar toda su vida con facultad de legarle á otras personas después de su muerte; que no había de haber en ese convento más de veinticuatro religiosas y cuatro ó seis legas para su servicio, sin que nunca pudieran pasar de ese número, ajustándose en esto á la regla é instituto de la religión, y para que se les obligase al cumplimiento de lo dicho, habían conferido poder á Fr . Juan de Montemayor del orden de San Francisco, el cual, de acuerdo y con consentimiento de la Abadesa, Priora y demás religiosas del convento de los Ángeles de Valladolid, y con licencia de su Ordinario, había otorgado la escritura de dotación y fundación que acompañaban. La Reina, por cédula de primero de Febrero de 1672, pidió informes. Presentada en México en ó de Mayo de 1673, el Marqués de Mancera puso el cúmplase y comenzó á tomar informes; instruido el expediente y conseguido el permiso real, el 5 de Agosto de 1740, se puso la primera piedra del templo. 


   ¡Cruel contraste! este convento, uno de los más observantes de su regla en esta ciudad, y por ello uno de los más respetados de sus habitantes, después de desocupado á consecuencia de las Leyes de Reforma, fue convertido en Prisión Militar de Estado, en virtud de disposición del Cuartel General del Ejército Republicano, dada en Julio 4 de 1867, después de vencido el Imperio. Mandóse en esa orden que todos los Generales que sirvieron á las órdenes de Maximiliano, allí se presentaran dentro del tercero día, en calidad de prisioneros, en tanto que se les formaba causa y se les señalaba destino. El 10 de Septiembre del mismo año, salieron varios á cumplir su condena en Perote. Uno de ellos, el General D. Mariano Salas, que fue este señor ex-regente del Imperio, por su avanzada edad y achaques habituales, consiguió no ir al helado castillo de San Carlos de Perote, y se quedó en la Villa de Guadalupe, en donde murió el 25 de Diciembre del mismo año. (2)

   La nueva vida que surge.- Es el año de 1944. Sobre el sitio en que estuvieran el Colegio de San Juan de Letrán y el Convento y Templo de Santa Brígida, se levantan ahora edificios que nada tienen que ver con la arquitectura de la edad ilustre. Entre ellos, sobresale uno que, en estos días, es posiblemente el más alto de la ciudad, es el edificio propiedad de “Seguros de México”, den nuevas proporciones y de nueva concepción de la grandeza. (1)

e
   Así es, cuando caminamos por el ahora llamado Eje Central, que lleva por nombre la calle, o avenida, de Lázaro Cárdenas y que antes se llamó San Juan de Letrán, y que fue una calle de agua, como ya lo leímos, con los remanentes que hay de la ciudad virreinal, notamos que ahí fue el sitio donde se localizaron varios conventos a lo largo de esos tres siglos de presencia española. Desde ese Eje alcanzamos a ver, el convento de las Vizcaínas, un poco más al norte estuvo el de Naturales, que no era convento sino hospital, haciendo frontera con San Juan Moyotlan, uno de los cuatro barrios de indios... apenas una cuadra más y comenzaba el gigantesco convento de San Francisco, y frente a él, el de Santa Brígida... seguía luego otro convento, el de Santa Isabel, el Tercer Orden... La Concepción y San Lorenzo...

  De Santa Brígida creo no queda ni siquiera el recuerdo. En esta imagen vemos la esquina en donde estuvo hace varios siglos ese recinto, el cual podemos ubicar mejor en el mapa que sigue.


Para ver más sobre el convento de Santa Brígida, entra aquí.

Fuentes:

1.- México en el tiempo. Fisonomía de una ciudad. Excelsior. México,
2.- Marroquí, José María. La Ciudad de México. Tip. y Lit. La Europea, México, 1900. p. 211

lunes, 20 de abril de 2020

Las exequias de don Pedro Ramón Romero de Terreros Trebuesto Dávalos Ochoa y Castilla, Segundo Conde de Santa María de Regla.

   Cuando vuelvo mi consideración al día de esta misma fecha del año de [17]81, se me presenta en la muerte del Sr. D. Pedro Terreros, Padre de nuestro difunto Conde, una escena dolorosa, que oprime mi corazón. Veo correr abundantes lágrimas por el semblante de innumerables pobres, que han perdido sus socorros: oigo tiernos gemidos de viudas, de doncellas, y huérfanos, que se encuentran sin amparo: repetidos clamores en las torres de los Templos, publicando la falta de su generoso bienhechor: ardientes y fervorosas suplicas de todos los reconocidos a sus liberalidades, que suben al trono de Dios, á implorar su eterno descanso. ¡Ah! ¡Quién hubiera podido interrumpir esas voces, y decirle a tanta víctima de la miseria, de la necesidad, y del desamparo: consolaos, consolaos, almas afligidas, enjugad vuestras lágrimas, que del oriente viene vuestro remedio! La inexorable parca arrebató al Sr. D. Pedro; pero como si no hubiera muerto, porque deja en la tierra al heredero de sus virtudes, á una viva imagen suya, que trae todos los caracteres de su misericordia: mortuits est pattr ejus, et quasi nonest mor mus: similem enim reliquit sibi post se.

  Esta es una de las recompensas, que promete el Espíritu Santo en el Eclesiástico al Padre, que aplica sus conatos á la educación de sus hijos, les inculca á todas horas las máximas del Evangelio, procura apartarlos del precipicio, evitar sus caídas, enderezar sus pasos, y sembrar en su alma las semillas de la virtud. El Padre del Sr. D. Pedro Ramón tenia desempeñados con puntualidad esos sagrados deberes, según el testimonio de su conciencia, que manifiesta su Carta; y confiado en la infalible verdad del Eterno; cierto, de que viviría en sus hijos, y había de gozar de esa imagen de la resurrección, les encarga lleno de ternura: “también os pido para llevar el consuelo, con que debo daros el último adiós, y el ultimo abrazo, que recorráis todas las obras buenas, que he procurado hacer en mi vida. Era decirle al hijo obediente, que ha verificado sus determinaciones: para que no sea vano el consuelo, que me anima de vivir, y perpetuar mi memoria en tu conducta, esmérate en hacer al Criador sacrificios dignos de su aprecio: inquirí te, ut faciat qua e placito, sunt illi.

   ¡Qué materia tan basta he emprendido tratar en los cortos momentos, que me permite la prudencia! ¡Qué campo tan dilatado, para medirlo, y hacerse cargo de su extensión con una sola mirada! ¡Ojalá, y sin cansar la atención, de los que me escuchan, pudiera emplear una parte del tiempo, que necesitaba, para poneros delante las crecidas efusiones de un corazón sensible y liberal sobre todo encarecimiento! Pero ya, que no me es concedido cuanto apetezco, persuadíos: que el Sr. Conde de Regla se empeñó, en hacer a Dios sacrificios de mucha estima, y de desmedido valor. Ninguna cosa tuvo más presente, que el que su abundancia era para llenar los huecos, que déjala necesidad, como prevenía S. Pablo a los de Corinto: y à imitación de David, repitió siempre con sus acciones, aquel testimonio de su reconocimiento, y de su generosidad: tuo sunt omnia, et gnoe de manu tuo occepímus dedimus tibí: tuyo es, Señor, cuanto tengo, y por eso no he pensado en otra cosa, que en sacrificártelo en las manos de los necesitados.

   ¡Pero que sacrificios tan admirables, y tan nobles! ¡Pudo imaginarlos mayores su infatigable solicitud, y celo en propagar, como el Sacerdote Simón, y sostener la honra, y gloria del Señor: que reparando las ruinas de su Santa Casa, aumentando la majestad y hermosura del Santuario con exquisitas decoraciones; dando á conocer sus maravillas en el culto, y virtudes de su bendita Madre, y de sus Santos! ¡Que ofrendas tan gratas á la Religión, el librar, á ejemplo de Onias, de los extraviado» caminos del siglo, a tantas vírgenes, que habitan los claustros por sus largas dotaciones: procurar a los Ministros de Dios vivo, y a las Esposas del Cordero su comodidad, y subsistencia, para que no interrumpiesen las divinas alabanzas, y los ejercicios de edificación! Todavía permanecen, publicando sus liberalidades las Iglesias del Sagrario de esta Metropolitana, la de las Parroquias de San Pablo, y la Santa Veracruz, la de Corpus, y el Convento del Espíritu Santo, las de San Agustín de México, y de las Cuevas. Viven aún, y vivirán reconocidos los Conventos de Religiosas Capuchinas de Guadalupe, y el de Religiosas Franciscanos de Pachaca. ¡Con que recompensaremos, exclamaban las Benedictinas de la Villa de Sahagún, a un nuevo Jesús, hijo de José de, que en sus días, y con sus bienes reedificó nuestro Monasterio, hermoseó nuestro Templo, y nos ha llenado de consuelos!

   Para un Padre justo, que le previene en su Carta: “que procure ventajosas utilidades al Real Patrimonio, que después de su muerte quiere, que se le dividan parte de sus frutos, para que jamás dejje su posteridad de serel útil; en virtud de haber formado su título, y protegidolo con sus piedades, y honras “para el hijo de Dios, que habitando entre nosotros, recomendó con su ejemplo esta práctica con los Reyes, que obsequios más importantes, que las gruesas cantidades, que prestó al Sr. D. Carlos IV siendo Príncipe de Asturias; los prontos donativos, para socorrerá la Corona y la generosa renuncia  de la gracia de relevación de quintos, con notable quebranto de su Casa, solo por conservar el Trono de sus Soberanos, y ministrarles armas, para defender los derechos del Santuario, y de la Religión. Si las limosnas, en doctrina de S. Juan Crisóstomo, son las mejores víctimas, que consagra el Cristiano á la Divinidad: si estas reciben nuevos realces á proporción de las circunstancias, ¡cuantas, y que útiles sacrificó su misericordiosa mano, franqueando quince mil trescientos sesenta y dos pesos siete reales para Médico, Cirujano, ropa, alimentos, y medicinas á las infelices víctimas de la epidemia de viruelas del año de 97 y 98! 

   No bastaron tantas donaciones para contentar un corazón piadoso: no son estos solos los esfuerzos de su obediencia, para dar un lleno generoso, y completo a la voluntad de su Padre. Sin embarazo me determino a repetir en su elogio, y para su más sobresaliente honor, lo que el Santo Job alegaba, para manifestar su inocencia: arruínese el poderoso Condado de Regla, y desaparezcan de entre las manos de sus herederos los caudales, si se sentó el Sor. D. Pedro a la mesa, á gustar del pan, y de los alimentos, sin tenerles antes repartidos í doncellas honestas, recogidas en clausura, á viudas honradas, á huérfanos desvalidos, á pobres vergonzantes, á un incalculable número de personas, que por espacio de muchos años vivieron á sus expensas: si comedí bucallam meam solus, et non comcdit pupilitis ex ea\ humerus meus á junctura sua cadaty et brachium tneum cum ossibns suis confringatur.

   Trabaje en vano su familia, y vease en la necesidad de mendigar, y perecer de hambre, siizo estar mucho tiempo, pendiente de sus manos al oprimido, y no le aprontó muchas y diversas cantidades, ó en préstamos, ó en donaciones, para su remedio: si oculos viduae expectore feci, seramt et alius comedat: et progenies mea eradicetur. Sino erogó un crecido caudal, sin otro fin, que el redimir de la hambre, y de la miseria á todos los jornaleros, que se empleaban en las Haciendas de Regla, de San Xavier, y San Antonio: sino consumió grandes sumas de dinero, para mudar los perniciosos morteros, y substituir las tahonas, consultando í la salud, y vida de los operarios: si nega-oti, qii&d volebant, panperibus-. si cerró los ojos, y miró con desprecio, al desnudo; si no ocurrió con sus limosnas, á cubrirlo, ya por mano agena, en los rincones de su casa, ya por si propio en el Hospital de San Juan de Dios, y en el Hospicio de pobres, antes, y despues de nombrarlo su Diputado si despexi pereuntem, eo quod non habuerit induméntum, et absque eperimento pauperem: esterilizense sus campos, inutilisense las labores, y jamas coja otros frutos, que críeles abrojos , y agudas espinas: pro frumento oria Pur mihi tribuías, et prohordeo spina. Si... . no acabaría, si quisiera hablar de por menor de todas las misericordiosas acciones del Conde de Regla; ó si supiese el número, de las que supo ocultar con santa sagacidad, cuya noticia quedó reservada entre Dios, y su corazón




Fuente:

Elogio fúnebre a don Pedro Ramón Romero de Terreros Trebuesto Dávalos Ochoa y Castilla, Conde de Santa María de Regla. Que con asistencia del Tribunal de la Inquisición dijo el día 27 de Noviembre de 1809, en la Iglesia del Convento Imperial de N.P. Santo Domingo el Dr. y Maestro Fray Francisco Rojas y Andrade, Lect. de Teología en el Colegio de Porta-coeli. Quien lo dedica al Señor Don Pedro Ignacio de Terreros, Rodríguez de Pedroso, Conde de Regla, Caballero Maestrante de la de Sevilla y Síndico de los Colegios Apostólicos de Querétaro y Pachuca. Con Superior Permiso. México: Imprenta de Jáuregui. Año 1810.

Si te interesa leer el Elogio completo, entra aquí.

domingo, 19 de abril de 2020

Tratando de entender las prácticas matrimoniales de antaño: el Sororato

   Dentro de las muchas curiosidades que he ido encontrando en los muchos días (años) de consultar en archivos históricos hubo el caso de dos familias, hablando del siglo XIX, que tuvieron propiedades, es decir, que fueron hacendados, y como era tema de mi interés, adentré más en sus asuntos familiares. Esto quiere decir que comencé a hacer rastreos de sus antes, durante y después de sus vidas, no pretendiendo crear un árbol genealógico, sino simplemente ubicar con nombres y fechas que relación de sangre había entre unos y otros y algo brincó.

   Al principio me creó confusión pues no sabía de la práctica que va mucho más atrás de la Edad Media y que se mantenía todavía vigente ya no como ley, sino como tradición, en México en el referido siglo XIX. Esa práctica tiene un nombre, puede ser el Levirato o Sororato. Y refiere a que era común, dada la mortandad femenina debida al parto (o la infantil por el mismo caso) debido a las condiciones higiénicas de la época. Razón por lo cual el matrimonio se realizaba cuando ella tenía 13 o 14 años y él 14 o 15, eso en la actualidad nos parece un tanto cuanto aberrante, pero en aquellos entonces era lo normal y estaba más que bien fundamentado a sabiendas de esa mortandad. Es en buena medida la razón de la práctica sea que la refiramos como Levirato y mejor dicho, en los dos casos que menciono, como Sororato.  

   El Sororato es la práctica según la cual, cuando queda viudo, un varón debe casarse con una hermana de su mujer. Por el contrario, se denomina levirato a la práctica por la que una viuda debe casarse con un hermano de su marido

   La ley del levirato se define al: “tipo de matrimonio en el cual una mujer viuda que no ha tenido hijos se debe casar (obligatoriamente) con uno de los hermanos de su fallecido esposo. Para continuar la línea sucesoria y la descendencia familiar, el nombre del primer varón de esta nueva unión ha de ser el mismo que el correspondiente al difunto, y heredará sus bienes”. Esta ley la podemos considerar como la base del Sororato. 

   En efecto, los personajes a los que me refiero fueron varones que, al morir la primera esposa, tomaron a una de sus cuñadas en matrimonio, es decir, practicaron el sororato. Curiosamente ambos fueron propietarios, en distintas épocas del siglo XIX, de la misma hacienda, la de Santa Ana de Cruces, pero nunca hubo relación entre ellos. De todo esto daremos cuenta en el segundo tomo de Haciendas de Salamanca que actualmente estoy preparando, quiero pensar que será en Diciembre próximo cuando lo tenga listo.

  Para leer más sobre el tema y entender los complicados enlaces familiares y reglas que marcaban esas prácticas, además de la Maragatería, entra aquí.

  Asociado a la Maragatería está el caso del pueblo Maragato, entra aquí.

sábado, 18 de abril de 2020

De hidalgos y su hidalguía... el origen y significado de la palabra.

    Al oír la palabra Hidalgo a todo mexicano lo primero que se le viene a la mente es la imagen del Padre de la Patria, el Cura de Dolores, héroe principal de la Guerra de Independencia pues llevaba por apellido precisamente el de Hidalgo. La segunda idea que concebimos es la del Estado que forma parte de nuestro país. De hecho estas dos ideas están ligadas pues cuando fue dividido el enorme territorio que conformaba la Intendencia de México, se ideó reconocer a los próceres de la Independencia dándoles sus nombres a los nuevos estados, y sí surgieron los de Hidalgo, Morelos y Guerrero. Pero debemos entender la palabra en su concepción original, escrita con minúscula, que habla de la hidalguía, como la del mítico Don Quijote de la Mancha.

   En cuanto al físico, Cervantes describe así a Alonso Quijano: «Frisaba la edad de nuestro hidalgo con los cincuenta años. Era de complexión recia, seco de carnes, enjuto de rostro» (primera parte, capítulo I).

    La palabra hidalgo es la contracción de “hijo de algo”, es decir, hijo de “alguien”, ese alguien refiere a una persona de familia conocida y reconocida. La parte interesante y profunda de la palabra la entenderemos cabalmente al ver las muchas definiciones que de ella existen: 

HIDALGO, GA. adj. Noble, excelente y bien executado. (1)

HIDALGO. Persona ue por linaje pertenecía al estamento inferior de la nobleza. (2)

HIDALGO. s. m. La persona noble que viene de casa y solar conocido, y como tal está exento de los pechos y derechos que pagan los villanos. El origen desta voz es mui controvertido entre los Autores: Unos siguiendo la ley 2. tit. 21. Partida 2. creen se dixo de Hi, palabra antigua, que valía Hijo, y Algo, que significaba bienes o hacienda, y que juntas las dos dicciones se dixo Hidalgo. (1)

HIDALGO DE BRAGUETA. Padre que, por haber tenido en legítimo matrimonio siete hijos varones consecutivos, adquiría el derecho de hidalguía. (2)

HIDALGO DE CUATRO COSTADOS. Hidalgo que había litigado su hidalguía y probado ser hidalgo de sangre. (2)

HIDALGO DE DEVENGAR QUINIENTOS SUELDOS. El hidalgo de sangre, casa, y solar conocido. Llamose assí por dos razones: la una, porque quando algún hidalgo notorio recibia agravio de otro, en satisfacción de él, por sentencia judicial, devengaba quinientos sueldos, y en igual injuria el villano no podia devengar más que ducientos: y la otra, porque era el acostamiento o paga que recibian de los Reyes los hidalgos de sangre que les servian en la guerra. (1)

HIDALGO DE EXECUTORIA. Se llama el que ha litigado su hidalguía y salido con ella, a diferencia del que lo es de privilegio, assí dicho por haverle hecho el Rey la gracia de exención de pechar. (1)

HIDALGO DE GOTERA. Hidalgo que únicamente en un pueblo gozaba de los privilegios de su hidalguía, de tal manera que los perdía al mudar su domicilio. (2)

HIDALGO DE PRIVILEGIO. El que siendo hombre llano, por algún servício particular o acción gloriosa, el Rey le concedió los privilegios exenciones, y prerogatívas que gozan los hijosdalgo de casa y solar conocido: o aquel que compró este mismo privilegio a los Reyes. (1)

HIDALGO DE SOLAR CONOCIDO. Hidalgo que tenía casa solariega o descendía de una familia que la había tenido o la tiene. (2)

Fuentes:

1.- REAL ACADEMIA ESPAÑOLA. Diccionario de Autoridades - Tomo IV (1734).
2.- Martínez Nazario, Manuel. Glosario de términos utilizados en genealogía. Revista Hidalguía. Año LXIV, No. 375, Mayo-Agosto, Madrid, pp. 463-520
3.- Los dibujos vienen de la página cervantesvirtual.org 

viernes, 17 de abril de 2020

Decíamos ayer... retomando El Bable en esta cuarentena.

   Agradezco a las dos o tres personas que se han preocupado por mi y me han enviado mensajes de que si estoy bien... eso debido al silencio que puse aquí en El Bable. Sí estoy bien, yo igual que todos he sido afectado de una u otra manera por la situación actual y el inminente cambio de rutinas al que nos vimos forzados a aceptar. Por suerte yo estoy, desde hace tiempo, en un "dolce far niente", por no decir que soy desempleado o nini (en mi caso post-nini) pero que eso de "no hacer nada" en realidad no aplica a mi caso pues horas me faltan cada día para hacer todo lo que tengo pendiente de hacer. El que no reciba ingresos económicos... esa, esa es otra historia.

  Mi plan era levar anclas de donde vivo para irme a una especie de "encierro" (siempre me han gustado los encierros en solitario) y pensaba irme al comenzar marzo rumbo a una población en los Altos de Jalisco en donde tengo acceso a una casa toda equipada, en la que cómodamente me encierro y me dedico a dos cosas: leer y escribir. Esto lo he hecho en dos (¿o tres?) ocasiones previas, ahora sería la tercera (¿o cuarta?) y estaba preparando ya dos cajas, una con libros, la otra con cientos de hojas con apuntes y transcripciones de los archivos históricos que he consultado en los últimos diez meses... el producto de ese encierro sería el texto de dos libros, siempre con el tema que más me gusta y del que tengo más información: las haciendas de Salamanca.

En esa casa y en ese encierro tendía la libertad de sentarme sea a leer que a escribir a la hora que se me diera la gana o cuando me llegara el rayo luminoso de la inspiración, igual me amanecería que me anochecería escribiendo... estando solo a nadie molestaría con la luz, o con el trajín y el ruido que provoca meter y sacar hojas y más hojas de papel de carpetas y más carpetas contenedoras de esos papeles y, bien lo sabemos, en soledad la escritura se agiliza... igual que la lectura. Pero, bien lo sabemos, siempre hay un pero, para finales de febrero ya oía mañana, tarde y noche sobre el virus y como iba creciendo la zona geográfica afectada y las voces de alerta, luego alarma, se comenzaron a dar. 

   Bien sabemos que aquí no se nos confinó totalmente, se dejo al sano juicio, a la conciencia de cada quien a acatar la idea de confinamiento, yo hice reflexión a mitad de marzo y decidí no desplazarme y quedarme aquí voluntariamente en casa. Dicho en otras palabras eso del #quedatencasa me lo apliqué desde el 20 de marzo. Pensé que eso que había planeado hacer allá en los Altos lo haría aquí pero acatando un orden y horario pues aquí vivo con mi hermana y el espacio no es precisamente grande. Los primeros días seguí con mi tarea de transcripción, de ordenar cronológicamente los innumerables documentos que tengo para luego comenzar a escribir la historia que mantengo pendiente por redactar sobre ranchos, incluyendo un glosario de términos propio del campo, es decir, propio del tema haciendas, ranchos, fincas rurales. Fue justo en el tiempo que ya apareció en todos los medios el aviso de que comenzaba la Jornada Nacional de la Sana Distancia y fue justo cuando me vino un golpe de ansiedad que me borró toda concentración, y toda tranquilidad para hacer lo que tenía previsto: leer y escribir, escribir y leer...

   Y fue esa la razón por la cual no publiqué más aquí en el blog a pesar de que tengo más de 30 artículos casi completados en la charola de pendientes por subir, no lo hice porque no me parecía adecuado habar de tal o tal cosa en estos tiempos de tensión.

  Por suerte logré ya controlar esa ansiedad y ahora podré dar salida, si bien no al ritmo que me gustaría tener, lo haré en medida de las prioridades de cada día y de los sentimientos que me vayan aflorando ante las circunstancias por las que estamos atravesando todos y cada uno; de los temas habituales que comparto por aquí.

   Hecha la aclaración te comento que esa foto que ves es uno de los tantos (tantísimos) papeles que uso para anotar tal o cual cosa, en este caso fue un rastreo que iba haciendo a una amiga que en diciembre viajaba por es sudeste asiático y alguna conexión de vuelo o una referencia de alguna línea me mandó al código WUH (los de tres letras de IATA), era la primera vez que oía sobre esa ciudad: Wuhan. Casualidades de la vida. Por cierto y por suerte, ella, mi amiga, nunca pasó por ahí, yo tenía mal anotados los códigos de vuelo.

No aseguro que publicaré a diario, lo único que puedo asegurar es que estoy bien y que El Bable sigue...