viernes, 9 de diciembre de 2016

Ius Sigilli, las firmas notariales en documentos antiguos

  Los Archivos Históricos son, sin lugar a dudas, lugares fascinantes en donde una de las peculiaridades que logramos es viajar en el tiempo. Hay documentos que se vuelven difíciles de leer por su caligrafía, otros son auténticas piezas de museo precisamente por su delicado tipo de letra, unos más son tan descriptivos que nos ponen en el tiempo y la circunstancia y, al final de cada uno de ellos, cuando aparecen las firmas, en algunos encontramos los llamados "ius sigilli" o sello que era la manera de certificar que había pasado a través de un notario.

   “La firma” del Notario, que más que firma es “autorización”; a los efectos de lo que el usuario de nuestros servicios ve se compone de: 1) Firma, 2) Signo, 3) Rúbrica; y, 4) Sello. La firma es lo que usualmente todo el mundo utiliza; los notarios también la tenemos, no tenemos una “firma” diferente para ejercer nuestra profesión. La rúbrica, suele estar integrada en la propia firma; se utiliza, además de para firmar, para dejar una señal en todas las hojas del documento, de la copia, que no van firmadas. El “signo”, es el elemento distintivo, acompaña a la firma. Procede del “ius sigilli” medieval, antiguamente lo concedía el Rey, ahora cada notario al ingresar en la carrera elige el suyo. El “sello”, corresponde a la Notaría, pero acompaña siempre a la firma del notario". (Tomado de El Blog del Notario).

   Estos signos notariales proceden, el de la primera imagen de finales del siglo XVIII, los que siguen son de mediados del siglo XIX, su trazo es relativamente sencillo, comparado con los elaborados signos que realizaban los notarios españoles, lo podrás ver aquí; y aquí.












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